Ayudas directas para Pymes y Autónomos este 2021.
El pasado 22 de abril de 2021, se publicó en el BOE el Real Decreto nº 6/2021 aprobado por el Gobierno de España por el que se adoptan medidas complementarias de apoyo a empresas y autónomos afectados por la pandemia de Covid19 para el año 2021.
Dicho Real Decreto prevé un marco de ayudas directas, requisitos y medidas para paliar el impacto económico de la pandemia en PYMES y autónomos.
Todas las empresas que hayan sufrido pérdidas del 30% en el año 2020, respecto a 2019, podrán acceder a las ayudas, que serán equivalentes al 40% de la caída de ingresos por encima del citado 30% para autónomos o PYMES. Los límites máximos de las ayudas son los siguientes:
- 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF.
- Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el IVA o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30% en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima será:
- El 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de diez empleados.
- El 20% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de diez empleados.
Las ayudas en estos dos últimos casos no podrán ser inferiores a 4.000 euros ni superiores a 200.000 euros. Además, los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros que desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una Ciudad Autónoma, podrán participar en las convocatorias que se realicen en todos los territorios en los que operen
Asimismo, se prevé, de forma excepcional, que las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla puedan otorgar esta Línea Covid de ayudas directas a empresarios o profesionales y entidades adscritas a actividades que se clasifiquen en códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas –CNAE 09– no incluidos en el anexo I que se hayan visto particularmente afectados en el ámbito de su territorio, debidamente justificadas en sus convocatorias.