La Dirección General de Tributos en una Consulta de fecha 3 de febrero de 2016 analiza la tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido respecto de la prestación del servicio de arrendamiento de vehículos a corto y largo plazo, por una entidad española tanto a particulares, empresarios o profesionales, habiendo firmado asimismo acuerdos con mayoristas no residentes por la mediación de los servicios de arrendamiento entre la entidad española prestataria y los particulares.