El Tribunal Supremo, en Sentencia de 9 de abril de 2015, se ha manifestado respecto a la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso-Administrativo, por la cual este Tribunal Superior de Justicia negaba la posibilidad de dictar un nuevo acto tributario en sustitución de un acto originario anulado.