El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), resuelve en su Sentencia de 24 de marzo de 2021 (Asunto nº C-771/19) una cuestión prejudicial planteada por el Consejo de Estado (Comisión de suspensión) de Grecia, en torno a la interpretación de los artículos 1, apartados 1 y 3, 2 apartado 1, y 2 bis, de la Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de los disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones, en su versión modificada por la Directiva 2014/23UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014.