Alerta Tributaria Septiembre 2015

Normativa relevante: 
El pasado día 11 de septiembre de 2015 se publicó la Ley Orgánica 10/2015, de 10 de septiembre, por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal.
Jurisprudencia y Doctrina: 
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Sentencia de 16 de julio de 2015 resuelve tres cuestiones prejudiciales planteadas respecto a la deducción del IVA soportado por sociedades de cartera en la adquisición de capitales destinados a adquirir participaciones en filiales y a las que proporcionaron servicios sujetos a IVA y, respecto del artículo 4.4 de la Sexta Directiva, sobre la posibilidad de constituir grupo a efectos de IVA.
En la presente consulta se analiza la sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido para el supuesto de hecho en el cual una sucursal de una empresa sudafricana, establecida en el territorio de aplicación del impuesto, adquiere mercancías que se introducen en la Comunidad, en este caso por el puerto de Rotterdam, contando en ese país con un representante fiscal al efecto. Seguidamente, las mercancías se vinculan a un depósito aduanero y al ser vendidas al cliente, se ultima el régimen de depósito aduanero, siendo enviadas desde el depósito fiscal del representante en Rotterdam, al destino del cliente, ya sea un Estado miembro o un país tercero.
En la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de fecha 2 de julio de 2015 el Tribunal estima la reclamación económica interpuesta y anula la resolución dictada por la Administración Tributaria referente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Retenciones por transmisión de participaciones correspondientes al ejercicio 2009, anulando la misma, así como el acuerdo sancionador de la que trae causa.
En la Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 20 de julio de 2015 se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto a favor de la recurrente y se declara no ser ajustada a Derecho la Resolución impugnada y en consecuencia se anula y se declara la nulidad de la liquidación y el acuerdo de sanción.
En la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 6 de julio de 2015 se establece doctrina en relación a la derivación de responsabilidad solidaria en el pago de sanciones.
En la consulta vinculante de 30 de junio de 2015, la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Jurídicas clarifica la aplicación del régimen de consolidación fiscal a efectos del Impuesto sobre Sociedades en el supuesto en que dos grupos fiscales distintos existentes en el período impositivo 2014, tengan una sociedad dominante común no residente en territorio español.
El Tribunal Supremo, en la Sentencia de 8 de Junio de 2015, estima el recurso de casación para unificación de doctrina en relación a la aplicabilidad del régimen de incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión, regulado en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Novedades legislativas: 

Ley Orgánica 10/2015, de 10 de septiembre, por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal

Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Noticias: 
Los días 13 y 14 de Octubre, ARCO Abogados y Asesores tributarios impartirá un curso de consolidación tributaria en el Principado de Andorra dirigido a trabajadores del Departamento de Tributos y Fronteras. nike fashion