Alerta Tributaria Octubre 2019

Normativa relevante: 
La letra c) del artículo 14.1 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes establece la exención de los intereses y de otros rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, así como de las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles, con ciertas excepciones, siempre que tales rentas sean obtenidas sin mediación de un establecimiento permanente por residentes situados dentro o fuera de la UE.
Jurisprudencia y Doctrina: 
En consulta de 29 de agosto de 2019 se plantea ante la Subdirección General de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos si está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, en adelante ITPO, la dación de bienes en pago de la responsabilidad civil derivada de un delito.
En fecha 21 de agosto de 2019, la Dirección General de Tributos (en adelante DGT) ha resuelto en su Consulta Vinculante 2270-19 sobre si existe responsabilidad de los otros comuneros cuando la Administración Tributaria ha embargado el porcentaje de titularidad de uno de ellos.
El consultante es el arquitecto que dirige una obra de renovación de una vivienda familiar para una persona física, y según manifiesta en este caso se cumplen las condiciones para aplicar el IVA del 10% de sus honorarios porque a su vez se cumplen los siguientes requisitos descritos en el artículo 91, apartado uno.2, número 10º, de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El apartado segundo del artículo 197.bis del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (de ahora en adelante, “el Reglamento”).