Alerta Tributaria Febrero 2018

Normativa relevante: 
El día 24 de enero de 2018 se ha publicado en el BOE la Orden HFP/36/2018, de 18 de enero, por la que se establecen determinadas disposiciones relativas al Sistema Intrastat, que ha entrado en vigor a partir del 1 de marzo de 2018 .
La entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, al regular las notificaciones electrónicas practicadas por la Administración, introducía una novedad en el régimen aplicable hasta el momento al dejar de establecer la posibilidad de probar que ha habido imposibilidad técnica de acceder al contenido de una notificación practicada por medios electrónicos. Asimismo, la nueva regulación equipara la falta de acceso a la notificación en plazo de diez días con el rechazo de la misma.
Jurisprudencia y Doctrina: 
La Audiencia Nacional ha dictado Sentencia el cinco de diciembre de 2017 anulando la sanción impuesta a una entidad, sanción que en su día fue confirmada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional, con relación al primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2011 en el que la entidad aplicó un porcentaje del 21% sobre la base imponible cuando el porcentaje correcto hubiera sido del 27%.
El Tribunal Supremo, en Sentencia de 5 de febrero de 2018, se plantea si, para emitir una factura rectificativa de la base Imponible del IVA, cuando esta modificación comporta una minoración, y por ende, de la cuota inicial repercutida, se cuenta con el plazo de un año o si por el contrario, el plazo aplicable es el de cuatro años.
La Dirección General de Tributos, en consulta de 6 de enero de 2018, analiza la posibilidad de excluir de la base imponible del IVA, las partidas habitualmente denominadas suplidos.