Aquellas subvenciones derivadas del COVID deben tenerse en cuenta para los pagos fraccionados.
En consulta vinculante de abril 2021 la Administración Tributaria se pronuncia sobre si las subvenciones percibidas por el COVID deben tenerse en cuenta o no, para el cálculo de los pagos fraccionados.
Lo primero que se debe considerar es, si las subvenciones que un contribuyente que tributa por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF) pueda recibir, tienen la calificación según la Ley de IRPF, de rendimiento de actividades económicas.
A este respecto, en cuanto a la imputación temporal de las subvenciones, la Ley de IRPF nos remite a lo que se establece en la Ley del Impuesto de Sociedades (en adelante IS). Pues bien, según esta Ley, si las ayudas recibidas se aplican a compensar gastos del ejercicio o a la pérdida de ingresos, tendrán el tratamiento de subvención corriente, es decir, de ingreso del ejercicio. Por el contrario, las destinadas a favorecer inversiones en inmovilizado o gastos de proyección plurianual se tratarán como subvenciones de capital, es decir, se deberán imputar en la misma medida en que se amorticen las inversiones o se produzcan los gastos realizados con cargo a las mismas.
Las subvenciones por el COVID-19, son subvenciones corrientes, ya que su finalidad es favorecer el mantenimiento de las actividades económicas afectadas por el COVID-19. Por ello, las subvencione percibidas deberán imputarse en el período impositivo que comprenda la fecha de la resolución definitiva de la misma, es decir, cuando se reconozca en firme la concesión de la subvención.
No obstante, si se hubiese optado por el criterio de cobros y pagos, según lo previsto en el Reglamento del IRPF, la subvención deberá imputarse en el período o en los períodos impositivos en que se produzca el correspondiente cobro de dicha subvención.
Por tanto, como las subvenciones percibidas son rendimientos íntegros de la actividad, deberán tenerse en cuanto para la determinación del rendimiento neto que será la base del pago fraccionado trimestral.