El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Sentencia de 25 de julio de 2018, se pronuncia en relación a, si los artículos 167, 168 y 184 de la Directiva 2006/112 y el principio de neutralidad del IVA deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que un organismo de Derecho público disfrute del derecho a regularizar las deducciones del IVA que soportó por un bien inmueble de inversión en una situación, en la que, al adquirir dicho inmueble, por una parte, este último podía destinarse por su naturaleza tanto a actividades gravadas como a actividades no gravadas.