La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo resuelve, en su Sentencia de fecha 5 de abril de 2019, el conflicto hereditario existente entre los hijos y herederos del causante, por un lado, y la viuda de éste, por otro, en el sentido de dictaminar la improcedencia de la aplicación de la regla “rebus sic stantibus” para justificar la modificación del acuerdo alcanzado en su día por las partes.