En fecha 9 de mayo de 2013, el Tribunal Supremo dictó sentencia en la que consideró abusivas las denominadas cláusulas “suelo”, ya que los consumidores no habían sido adecuadamente informados de la carga económica y jurídica que les imponían estas cláusulas. No obstante, el Tribunal Supremo decidió limitar los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de esas cláusulas, de modo que sólo produjera efectos de cara al futuro, a partir de la fecha en que se dictó la citada sentencia.