En la consulta vinculante emitida en fecha 23 de Febrero de 2015 por la Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas, la entidad consultante plantea en qué período impositivo son deducibles las primas satisfechas a una entidad de seguros a favor de un Consejero de la entidad. La relación entre la entidad consultante y el Consejero es de naturaleza mercantil.