CIRCULAR SOBRE LAS MEDIDAS ADICIONALES APROBADAS POR EL REAL DECRETO LEY 8/2020, DE 17 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES EXTRAORDINARIAS PARA HACER FRENTE AL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL COVID-19

 

Tras la declaración del Estado de Alarma, a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el Gobierno ha aprobado el primer paquete de medidas tendentes a asegurar y proteger diversos aspectos de la economía española. Se trata de un Real Decreto que tiene por objeto abarcar las consecuencias directas del coronavirus y que expone las inversiones destinadas a paliar los efectos de esta crisis sanitaria. Este Real Decreto entró en vigor el 18 de marzo de 2020 y continuará vigente hasta el 18 de abril de 2020, sin perjuicio de que previa evaluación de la situación, se pueda prorrogar su duración.

Siguiendo la línea iniciada por nuestra última Circular, desde ARCO ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS, S.L.P. queremos informar de los aspectos más relevantes del nuevo Real Decreto, remarcando, de nuevo, que este documento contiene información sobre un asunto excepcional, por lo que quedará sujeto a los futuros acuerdos y modificaciones que se vayan sucediendo para hacer frente a esta crisis.

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