Principales modificaciones tributarias introducidas con la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2022
El 29 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022, con la que se incorporan diversas medidas en el ámbito tributario. Entre las medidas tributarias más relevantes en el ámbito tributario encontramos las siguientes modificaciones:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Disminuye el límite de la reducción aplicable en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social que pasa a ser de 1.500 euros, también se reduce a 1.500 euros la reducción por primas satisfechas en los seguros privados que cubran de manera exclusiva el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia, tanto las realizadas por el propio contribuyente o por las personas que tengan relación de parentesco, el cónyuge o aquellas que tuvieran al contribuyente a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.
Asimismo, se da la opción al trabajador de igualar su aportación a la de la empresa, siempre y cuando la suma de las dos no supere los 8.500 euros.
Se refuerza el incentivo fiscal para los planes de empleo: el límite para la empresa se eleva hasta los 8.500 euros, mientras que el umbral conjunto (empresa y trabajador) se mantiene en los 8.500 euros.
Se prorrogan para el ejercicio 2022 los límites de inclusión/exclusión en el método de Estimación Objetiva.
Impuesto sobre Sociedades
Se determina una tributación mínima del 15% de la base imponible para los contribuyentes que tengan un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a veinte millones de euros o que tributen en el régimen de consolidación fiscal. En caso de que tributen en el régimen de consolidación fiscal el importe de la cifra de negocios es indiferente.
Asimismo, el tipo de tributación mínima de las entidades de nueva creación será del 10% y el de las entidades de crédito y de exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos del 18%.
Por otro lado, en el supuesto que después de aplicar las bonificaciones y deducciones determinadas en los artículos 38.bis, 31, 32 y 100 de la LIS, resultara un importe superior a la cuota líquida mínima podrán aplicarse el resto de las deducciones hasta el importe de dicha cuota líquida mínima.
Se modifica el artículo relativo a la deducción de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados, modificándose el concepto de cuotas íntegras por cuotas líquidas.
Se reduce la bonificación prevista para entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas pasando del 85% al 40% de bonificación.
Finalmente, se modifica lo relativo a las deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra del grupo fiscal, en el que se añade que del resultado de minorar la cuota íntegra del grupo fiscal las deducciones y bonificaciones, el resultado dará lugar a la cuota líquida del mismo que en no podrá ser negativa.
Impuesto sobre la Renta de No Residentes
La tributación mínima tiene su correlación en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, para las rentas obtenidas mediante establecimiento permanente.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Se prorrogan, durante el 2022, los límites para la aplicación del Régimen Simplificado y del Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca.
Otras modificaciones
En el ejercicio 2022, el Interés legal del dinero será del 3% y el interés de demora del 3,75%. Asimismo, el Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá los siguientes importes:
- Diario: 19,30 euros
- Mensual: 579,02 euros
- Anual: 6.948,24 euros