El Tribunal Económico Administrativo Central (en adelante, el TEAC) en una Resolución de fecha 20 de octubre de 2016 analiza las condiciones específicas que deben reunir los establecimientos permanentes para ser considerados como tales a la vista de la Jurisprudencia comunitaria, al objeto de determinar si se cumplen en el presente caso los requisitos para poder obtener la devolución de cuotas de IVA soportado a través del procedimiento para no establecidos.