Alerta Tributaria Octubre 2018

Jurisprudencia y Doctrina: 
Cualquier trabajador/a con hijos nacidos a partir del 2014 tiene derecho a reclamar mediante el procedimiento de devolución de ingresos indebidos ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el impuesto incorrectamente ingresado en las arcas de la Hacienda del Estado.
La Dirección General de Tributos analiza si la extinción de la relación laboral de un contribuyente, el cual se había acogido al régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español, con la sociedad española con la que había iniciado dicha relación laboral, conlleva la exclusión del régimen fiscal especial.
La Dirección General de Tributos aclara en consulta vinculante cuándo deben practicar retenciones a sus empleados en el caso de que estén trabajando por el sistema conocido como “teletrabajo”.
En consulta vinculante del pasado 28 de mayo de 2018, la consultante plantea a la Dirección General de Tributos si está obligada a computar algún rendimiento en su declaración de IRPF sobre una vivienda de su propiedad que se encuentra actualmente ocupada de forma ilegal y permanente.
Noticias: 
El pasado 16 de octubre, el Tribunal Supremo dictó sentencia en el Recurso 5350/2017 modificando su jurisprudencia anterior y estableciendo que quien debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las Hipotecas es la entidad prestamista (banco) y no quien recibe el préstamo (cliente).