La escritura de novación de préstamo hipotecario y liberación de deudores tributa por AJD.
El Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente sobre la sujeción de la escritura de novación de préstamo hipotecario y liberación de deudores a la modalidad de actos jurídicos documentados del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
En el caso objeto de análisis por el Alto Tribunal se documentó en escritura pública de 31 de diciembre de 2012 operación de ampliación y novación de préstamo hipotecario y liberación de deudores. Dicha escritura era consecuencia de otra anterior de extinción de condominio de la finca gravada con préstamo hipotecario que se amplia en la escritura posterior. La escritura señalaba “se produce la liberación de un codeudor sobre la responsabilidad hipotecaria que ostenta sobre una finca y por lo tanto se produce una modificación de la hipoteca inicialmente constituida, lo cual conlleva una nueva distribución de la responsabilidad hipotecaria previamente establecida”.
El recurrente sostenía que, cuando la liberación es una modificación meramente subjetiva, que no produce nueva distribución de la responsabilidad hipotecaria, puesto que sigue recayendo sobre los mismos inmuebles, no debe haber sujeción al impuesto.
El Tribunal Supremo, coincidiendo con el criterio de las recurridas, concluye que concurre el hecho imponible consistente en la ampliación de préstamo y por lo tanto, la modificación de las obligaciones garantizadas y con ello de la garantía hipotecaria, hecho imponible nuevo en el que se produce una modificación de responsabilidades hipotecarias como consecuencia de la ampliación del préstamo hipotecario y la liberación de los deudores operada, teniendo tal modificación de responsabilidad hipotecaria claras repercusiones registrales.
En definitiva, razona el Tribunal que, aunque la garantía hipotecaria sobre la finca no se altere, sí se produce una modificación subjetiva de los responsables, que tienen acceso al registro, concurriendo los requisitos legales para sujetar la escritura al impuesto.