Impugnación de sentencia por la parte no apelante
La Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo nº 257/2017, de 26 de abril, resuelve una cuestión de naturaleza estrictamente procesal, relativa a la admisibilidad de la impugnación de la Sentencia dictada en Primera Instancia, por parte del demandado/condenado en un procedimiento civil, en el trámite de oposición al recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, aun cuando dicho demandado/condenado no hubiere interpuesto recurso de apelación frente a la mencionada Sentencia de instancia.
En el caso concreto, el Juzgado de Primera Instancia dictó Sentencia parcialmente estimatoria de las pretensiones de los demandantes, sin imposición de costas para el demandado. Ante ello, los actores interpusieron recurso de apelación, sin que el condenado formulara tal recurso ante la citada resolución. En el trámite preceptivo de impugnación del recurso de apelación, otorgado al demandado/apelado, éste impugnó a su vez la Sentencia de Instancia, algo que la Audiencia Provincial consideró inadmisible y que, contrariamente, el Alto Tribunal valida en virtud de la siguiente argumentación:
“[…] solo precluye la posibilidad de impugnar (dejando aparte matizaciones aplicables a las situaciones más complejas de pluralidad de partes) cuando el litigante ha formulado recurso de apelación contra la sentencia que ha estimado parcialmente las pretensiones de una y otra parte, y con motivo del traslado que se le da del recurso de apelación interpuesto por la parte contraria, ese litigante que también apeló inicialmente pretende ampliar, mediante la formulación de una impugnación, los pronunciamientos objeto de su recurso de apelación inicial.” […] “Pero si ante una estimación parcial de las pretensiones de una y otra parte, un litigante se aquietó inicialmente y no formuló recurso de apelación, puede aprovechar el trámite de oposición al recurso de apelación formulado por el litigante contrario para impugnar a su vez la sentencia, y tal impugnación puede afectar a pronunciamientos que sean objeto del recurso de apelación principal o a otros pronunciamientos ajenos a tal recurso, con tal de que le sean desfavorables y que la impugnación sea dirigida contra el apelante”.